Objeto
Ayuda económica cuya finalidad es complementar la percepción de la Renta
Básica, a las personas mayores de 60 años.
Importes 2007
Variable el importe en función del número de miembros que componen la unidad de convivencia, garantizándose un porcentaje del Salario Mínimo Interprofesional. El importe del complemento es la diferencia entre la percepción garantizada por la Renta Básica para ese número de convivientes y el porcentaje previsto del Salario Mínimo Interprofesional. Así, para una unidad de convivencia unipersonal se le garantiza el 100% del SMI, 2 personas 133%, 3 personas 146%, 4 miembros 159% y 5 o más miembros 159%. Todo ello 12 pagas al año. Así, para el año 2007:
| 1 |
0 |
0 |
| 2 |
6,65 |
79,8 |
| 3 |
14,26 |
171,12 |
| 4 |
88,73 |
1.067,76 |
| 5 ó más |
132,18 |
1.586,16 |
Requisitos y solicitudes
- Unidades convivenciales que perciban la Renta Básica.
- E/la titular del derecho debe ser mayor de 60 años.
- La persona titular del derecho es la misma que la de la Renta Básica y
el reconocimiento del derecho a percibir esta prestación, lleva aparejado
el de este complemento sin necesidad de solicitarlo específicamente.
Regulación legal
Acuerdo del Consejo de Diputados del 30 de abril de 2002.